Izquierda Unida - El Viso del Alcor
Aprobado el anteproyecto de Ley Andaluza de Participación Ciudadana
7 de agosto de 2014 | 440 lecturas


Esta ley, que entrará en vigor a primeros de 2015, pretende abrir nuevos cauces para garantizar la participación de la ciudadanía en las decisiones que toman la Junta de Andalucía, las diputaciones y los ayuntamientos. Las consultas populares, que nunca serán vinculantes, abren el derecho a participar a jóvenes desde los 16 años y a todas las personas residentes en Andalucía.

¿Os imagináis decidir en qué lugar debe ir el recinto ferial mediante una consulta popular? ¿o participar activamente en la elaboración de los presupuestos municipales?, con esta Ley Andaluza de Participación Ciudadana es posible. Y esta ley ha sido posible gracias a que IU pertenece al gobierno andaluz. Es una de las normas más importantes de la legislatura, y que complementa la recién aprobada por el Parlamento de Andalucía Ley de Transparencia. Nos coloca a la vanguardia en democracia y contrasta con la voluntad de cercanía del Gobierno de Andalucía. Fortalece la capacidad de intervención de la ciudadanía en las decisiones.

Se legisla así un mecanismo más ágil para las consultas populares, que además podrán ser tanto para temas locales como autonómicos y podrán ser convocadas por las instituciones, por asociaciones e incluso por plataformas siempre que se reúnan las firmas contempladas en cada caso. Todavía queda camino por andar hasta su aprobación final, ya que aún no cuenta con informe económico de lo que supondrá para la administración, o faltan por elaborar los mecanismos que se seguirán para realizar las consultas. Lo que está claro es que los Ayuntamientos tendrán seis meses desde su entrada en vigor para cambiar sus reglamentos a la ley.

Se establecen cuatro procesos de participación:

  • Consultas populares, que se dividen en:
    • Encuestas
    • Audiencias públicas, donde se llama a los directamente afectados
    • Foros de consulta, para debatir o reflexionar sobre determinados temas
    • Paneles ciudadanos, que son espacios de información
    • Jurados ciudadanos, como grupos creados para una determinada acción o proyecto
    • Consultas participativas, donde sí se establece un sistema de votación.
      • Autonómicas. Podrán ser convocadas por:
        • La presidencia de la Junta de Andalucía a iniciativa propia o previo acuerdo del Consejo de Gobierno
        • Por el 10% de las administraciones locales de la comunidad autónoma por mayoría absoluta de sus plenos y debiendo representar en conjunto a un mínimo de 500.000 habitantes y con la exigencia de que haya al menos uno consistorio de cada provincia
        • Por la ciudadanía que reúnan 40.000 firmas como mínimo
      • Locales. Podrán ser convocadas por:
        • Alcaldes o presidentes de las diputaciones previo acuerdo motivado por mayoría absoluta del pleno
        • Dos grupos municipales con representación
        • Un tercio de los miembros de la corporación en cuestión
        • La ciudadanía, para lo que se establecen exigencias de firmas en función de los habitantes del municipio en cuestión.
  • Deliberación participativa. Para conocer los intereses, posiciones y propuestas de la ciudadanía. El resultado de estos procesos deberá reflejarse en un informe y ser publicado en internet. La ciudadanía podrá convocar una deliberación participativa, necesitando 20.000 firmas, si es de carácter autonómico, y requerirá una inscripción de los interesados en participar en el proceso. En los municipios se establecerán las firmas necesarias en función de la población.
  • Presupuestos participativos. No obliga a los Ayuntamientos a realizar procesos de presupuestos participados, pero los facilita mediante concesión de subvenciones.
  • Proponer políticas públicas y la elaboración de normas. Para proponer políticas públicas, son necesarias 20.000 firmas en el caso de la comunidad autónoma, y lo que se fije en cada reglamento a nivel municipal para el resto. Además, pueden enviarse sugerencias y recomendaciones que deberán ser valoradas, y si son rechazadas, habrá que motivar el por qué. Finalmente, se puede recurrir a la figura de la ILP (iniciativa legislativa popular) que tiene su propia ley y exige 40.000 firmas.

Texto completo del anteproyecto de ley.



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