Convocatoria para cubrir mediante oposición libre una plaza de Inspector Tributario perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo de Clasificación A, Subgrupo A2. Unidad Administrativa: Tesorería.
Titulación requerida: Licenciatura, Diplomatura o Grado Universitario en Administración y Dirección de Empresas, Economía o Derecho.
Solicitudes y plazos: Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria, deberán presentar instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente cuyo modelo figura en el Anexo II de las presentes bases. Este impreso deberá presentarse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» (publicado el 01/09/2018).
Las instancias se podrán presentar ante en el Registro General del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe sito en Calle Nueva número 21, C P 41927, Mairena del Aljarafe, Sevilla o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 apartado 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas Igualmente podrán presentarse a través de la sede electrónica, cuya dirección es: https://sedemairenadelaljarafe dipusevilla es.
Tasa por los derechos de examen por el importe de 21,48 euros
El sistema de selección será el de oposición. Constará de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios:
Con las personas aspirantes que habiendo superado la oposición no hubieren accedido al puesto, se creará una Lista de Espera para atender a necesidades de provisión como funcionarios interinos en puestos de plazas de Inspector Tributario. La Lista de Espera permanecerá en vigor hasta la aprobación de una nueva lista de espera resultante de una convocatoria posterior, que anulará la derivada del presente proceso selectivo; en caso de no producirse la anterior circunstancia la duración máxima será de tres años a partir de su entrada en vigor.


Sus comentarios
Seguir los comentarios:
|
