Izquierda Unida - El Viso del Alcor
Subvenciones de PRL en acciones intersectoriales, sectoriales y transversales.
20 de agosto de 2018 | 28 lecturas


Se convocan subvenciones destinadas a la realización de acciones intersectoriales, sectoriales y transversales para los años 2018 y 2019 en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

Entidades beneficiarias: serán beneficiarias, en régimen de concurrencia competitiva, las entidades y organizaciones de ámbito estatal sin ánimo de lucro, que representen a todos los sectores, y que tengan entre sus fines la representación, promoción y defensa de los intereses de trabajadores o empresarios en materia de prevención de riesgos laborales, así como las fundaciones creadas por estas para la consecución de cualquiera de esos fines.
Cuando la beneficiaria sea una persona jurídica, los miembros asociados del mismo que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.
Podrán acceder también a la condición de beneficiario las agrupaciones de beneficiarios que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Objeto: las subvenciones tendrán por objeto la realización de acciones de carácter intersectorial, transversal y sectorial que podrán ser de asistencia técnica e información y promoción del cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Las acciones deberán desarrollarse en el ámbito territorial de, al menos, dos
Comunidades Autónomas o Ciudades Autónomas.

Cuantía:

  • Cuantía máxima por acción intersectorial subvencionada: 500.000 euros
  • Cuantía máxima por acción transversal subvencionada: 250.000 euros
  • Cuantía máxima por acción sectorial subvencionada: Para la distribución presupuestaria por CNAE, parte del análisis de actividades prioritarias 2016 realizado por el INSST, que permite asignar recursos, teniendo en cuenta parámetros de población (peso porcentual de afiliados por actividad), índices de incidencia de accidente de trabajo en jornada de trabajo con baja por actividad, e índices de incidencia de accidentes de trabajo graves y mortales por actividad.
    La información de inicio para elaborar el reparto son los últimos datos de siniestralidad consolidados, disponibles y los afiliados con la contingencia de AT cubierta en 2016, distribuidos por ramas de actividad (CNAE a dos dígitos).

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 25 deseptiembre de 2018 a las 23:59:59.

Plazo de ejecución: podrán ejecutarse desde la fecha de notificación de la concesión de la subvención, hasta el 31 de diciembre de 2019.

Solicitudes: se formalizarán en el formato de la herramienta on-line "GESTOR DE ACCIONES" integrada en la página web de la FEPRL, https://www.funprl.es.
Será requisito imprescindible proceder al alta como beneficiario en el sistema. Éste generará claves de acceso que permitirán cumplimentar la solicitud.

PDF BOE acciones intersectoriales
PDF BOE acciones transversales
PDF BOE acciones sectoriales





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